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Paso 1 de 4 — Inmueble

Nota simple registral

  1. 1Inmueble
  2. 2Titular
  3. 3Condiciones
  4. 4Pago

Identificación del inmueble

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Identificación del titular (facturación)

Condiciones generales de contratación

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TASACIONES HIPOTECARIAS RENTA S.A. 
C/ Jorge Juan 45 · 28001 Madrid 
 
THIRSA · Sociedad de tasación homologada por Banco de España · Registro 4459    |    Página 4 de 7 
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN 
La propuesta de honorarios - carta de encargo emitida por TASACIONES HIPOTECARIAS RENTA, S.A. (en adelante, "THIRSA") recoge, entre 
otros extremos, el alcance y la finalidad del servicio, los honorarios, la forma de pago y el plazo estimado de ejecución. Estas Condiciones 
Generales forman parte de la propuesta y regulan la contratación de los servicios de tasación sujetos a la Orden ECO/805/2003 y a las 
demás disposiciones que resulten aplicables. La aceptación de la propuesta implica la aceptación de estas condiciones. En caso de 
contradicción, prevalecerán la normativa imperativa, las condiciones particulares de la propuesta y, por último, estas Condiciones 
Generales. 
1. Identificación de las partes y definiciones 
THIRSA tiene su domicilio en C/ Jorge Juan 45, 28001 Madrid. A efectos de estas condiciones, el "SOLICITANTE" es quien encarga el servicio; 
el "CLIENTE" es quien mantiene la relación contractual con THIRSA; el "PAGADOR" es quien satisface los honorarios; el "PROPIETARIO" es 
el titular del activo, y el "DESTINATARIO" es la persona o entidad legitimada para utilizar el informe conforme a su finalidad. Estas figuras 
podrán coincidir o ser distintas y deberán identificarse, cuando proceda, en la propuesta o en el informe. 
Quien acepte la propuesta declara ser mayor de edad, tener capacidad legal suficiente y, si actúa por cuenta de una persona jurídica o de 
un tercero, disponer de facultades bastantes para obligarlo y para facilitar lícitamente la información y documentación necesaria. 
2. Aceptación, vigencia y formación del contrato 
La aceptación por firma manuscrita o electrónica, correo electrónico, plataforma habilitada, pago, entrega de documentación, autorización 
de visita o inicio solicitado de los trabajos implica la aceptación íntegra de la propuesta y de estas condiciones. 
Salvo indicación distinta, la propuesta tendrá una validez de treinta (30) días naturales. Se formula con la información disponible en la fecha 
de emisión; si posteriormente se apreciaran diferencias relevantes en el activo, su tipología, complejidad, número de unidades, 
documentación, localización, ocupación o alcance, THIRSA podrá revisar justificadamente los honorarios y el plazo antes de continuar. La 
contratación se entenderá celebrada en el domicilio social de THIRSA, sin perjuicio de las normas imperativas aplicables. 
3. Objeto, alcance y normativa aplicable 
El servicio se limitará al activo, alcance, finalidad y fecha de valoración indicados en la propuesta y en el informe. Cualquier ampliación, 
nueva finalidad, escenario, hipótesis, activo, destinatario, idioma, formato, certificado adicional o actualización requerirá aceptación 
expresa y podrá generar honorarios y plazos adicionales. 
THIRSA realizará las comprobaciones y aplicará los métodos, criterios, condicionantes y advertencias exigibles por la Orden ECO/805/2003, 
el Real Decreto 775/1997 y el resto de normativa vigente que resulte aplicable.  
4. Independencia profesional y resultado de la valoración 
La contratación, el pago de honorarios, las expectativas del cliente, el importe de una operación… no condicionan ni podrán condicionar el 
resultado. Los honorarios remuneran el trabajo profesional realizado y son independientes del valor finalmente determinado. 
THIRSA podrá rechazar, suspender o terminar el encargo si detecta un conflicto de interés, incompatibilidad, amenaza a su independencia, 
insuficiencia de medios o información, presión indebida, indicios de fraude o cualquier circunstancia que impida actuar conforme a la 
normativa y a sus obligaciones profesionales. En tal caso se liquidarán los trabajos y gastos efectivamente incurridos, salvo que la causa 
sea imputable a THIRSA. 
5. Información y documentación del cliente 
El CLIENTE se obliga a facilitar de forma completa, legible y con antelación suficiente toda la documentación e información solicitada, y 
declara que es auténtica, exacta, vigente y no omite circunstancias relevantes. También deberá comunicar cualquier hecho conocido que 
pueda afectar al valor, uso, ocupación, titularidad, estado físico, situación urbanística, arrendaticia, medioambiental o jurídica del activo. 
THIRSA podrá confiar razonablemente en la documentación aportada por el CLIENTE o por terceros autorizados, sin perjuicio de las 
comprobaciones que legalmente le correspondan. THIRSA no responderá de las consecuencias derivadas de falsedad, inexactitud, falta de 
actualización, ocultación o entrega tardía que no hubiera podido detectar mediante las comprobaciones exigibles. 
El CLIENTE aportará notas simples registrales actualizadas, con una antigüedad máxima de tres meses, salvo que la normativa o las 
circunstancias no lo requieran. Si, a petición o con autorización del CLIENTE, THIRSA las solicita, se repercutirá el coste indicado en la 
propuesta o, en su defecto, 15 euros más IVA por nota simple, sin perjuicio de tasas extraordinarias debidamente justificadas. 
6. Planos, superficies y mediciones 
Cuando la superficie construida sea superior a 200 m², o cuando resulte necesario por la tipología o finalidad, el CLIENTE facilitará planos 
acotados o a escala suficientemente fiables. Si no dispone de ellos, cualquier levantamiento, medición especial, digitalización o 
verificación adicional será objeto de presupuesto y autorización previos. 
Las mediciones realizadas durante una visita ordinaria tienen alcance valorativo y no equivalen a un levantamiento topográfico, 
arquitectónico, georreferenciación, deslinde ni certificación técnica de superficies. Las discrepancias entre superficies registrales, 
catastrales, documentales y comprobadas se tratarán conforme a la normativa aplicable. 
7. Visita e inspección del inmueble 
El CLIENTE garantizará el acceso seguro, suficiente y en la fecha acordada al inmueble y, cuando sea necesario, a todas sus dependencias, 
anexos, zonas comunes, instalaciones y unidades representativas, así como la presencia o autorización de propietarios, ocupantes o 
responsables. 
La inspección tendrá el alcance exigible para la valoración y será, con carácter general, visual y no invasiva. No constituye una inspección 
técnica del edificio, estudio estructural, informe de patologías, auditoría de instalaciones, investigación de contaminación, amianto, plagas, 
vicios ocultos ni due diligence jurídica, urbanística, fiscal o medioambiental, salvo contratación expresa. Esta delimitación no reduce las 
comprobaciones mínimas obligatorias de la tasación.
TASACIONES HIPOTECARIAS RENTA S.A. 
C/ Jorge Juan 45 · 28001 Madrid 
 
THIRSA · Sociedad de tasación homologada por Banco de España · Registro 4459    |    Página 5 de 7 
Si el acceso fuera imposible, incompleto, inseguro o insuficiente, THIRSA podrá aplazar o suspender el trabajo, repercutir desplazamientos 
adicionales y, cuando la normativa lo permita, emitir el informe con los condicionantes o advertencias procedentes. 
8. Comprobaciones y exclusiones 
La tasación no supone garantía sobre la titularidad, inexistencia de cargas, legalidad plena, solvencia, comercialización, rentabilidad futura, 
estado estructural o aptitud del activo para un uso concreto. Las consultas registrales, catastrales, urbanísticas o administrativas se 
efectuarán con el alcance necesario para la finalidad contratada y conforme a la información accesible. 
Salvo contratación expresa, quedan fuera del alcance los asesoramientos jurídicos, fiscales, contables, medioambientales, estructurales, 
de ingeniería, de accesibilidad, eficiencia energética o cumplimiento normativo integral, así como la detección de materiales peligrosos o 
defectos no visibles. Cuando una cuestión exceda la competencia o el alcance, THIRSA podrá recomendar la intervención de un 
especialista. 
9. Plazos de ejecución 
Los plazos comunicados son estimaciones, salvo que se califiquen expresamente como vinculantes. Comenzarán cuando THIRSA haya 
recibido la aceptación, el pago o provisión exigible, la documentación necesaria y el acceso efectivo al inmueble. 
No serán imputables a THIRSA los retrasos derivados del CLIENTE, propietario, ocupantes, intermediarios, registros, catastros, 
administraciones, suministradores de información, incidencias técnicas ajenas, fuerza mayor o necesidad sobrevenida de documentación 
o comprobaciones adicionales. Tales circunstancias suspenderán el cómputo del plazo y podrán justificar su revisión. 
10. Honorarios, gastos, impuestos y pago 
Los honorarios, hitos de facturación y forma de pago serán los establecidos en la propuesta. A ellos se añadirán los impuestos y los gastos 
o suplidos expresamente previstos o autorizados. THIRSA podrá exigir provisión de fondos y suspender la entrega o continuación del trabajo 
mientras existan cantidades vencidas, dentro de los límites legales. 
11. Cancelación, suspensión e imposibilidad de ejecución 
Si el CLIENTE cancela el encargo o este no puede concluirse por causa no imputable a THIRSA, abonará los trabajos efectivamente 
realizados, los gastos comprometidos y los desplazamientos efectuados hasta la fecha, hasta el límite de los honorarios contratados, salvo 
gastos externos previamente autorizados. 
A efectos de liquidación se tendrán en cuenta, según el estado del encargo, la apertura y análisis del expediente, la obtención y revisión de 
documentación, las gestiones de coordinación, la visita, los cálculos, la redacción, el control técnico y la validación. THIRSA facilitará un 
desglose razonable de la liquidación. 
12. Condicionantes, advertencias, subsanaciones y cambios 
Si el informe se emite condicionado o con advertencias, su levantamiento o revisión requerirá la aportación de la documentación pertinente 
y podrá devengar un coste adicional equivalente a la actualización del informe, cuando implique nuevo análisis, nueva visita, modificación 
sustancial, control técnico o validación. El importe se comunicará antes de realizar el trabajo adicional. 
La corrección de errores materiales imputables a THIRSA se realizará sin coste. Las modificaciones debidas a nueva información, cambios 
solicitados, hechos posteriores, documentación inicialmente omitida o alteración de los datos del encargo se considerarán trabajo 
adicional. 
El cambio de solicitante o destinatario después del cierre del informe estará sujeto a comprobación de independencia, finalidad y normativa 
y, si es viable, tendrá un coste mínimo de 100 euros más IVA, salvo importe distinto indicado en la propuesta. No se efectuará un cambio 
que altere retroactivamente la realidad del encargo o resulte contrario a la normativa. 
13. Fecha de valoración, vigencia y actualización 
El valor se refiere exclusivamente a la fecha de valoración indicada en el informe y a las circunstancias conocidas o razonablemente 
comprobables en ella.  
La vigencia legal del informe será la que establezca la normativa para su finalidad. THIRSA no asume obligación de actualizarlo por hechos, 
cambios de mercado, transacciones, obras, daños o modificaciones normativas posteriores. Toda actualización, revisión o nueva fecha de 
valor requerirá encargo independiente o ampliación expresa. 
14. Uso del informe y destinatarios 
El informe solo podrá utilizarse para la finalidad y por los destinatarios identificados. No podrá fragmentarse, alterarse, resumirse de modo 
engañoso, publicarse, incorporarse a folletos o documentos de oferta, ni utilizarse para una finalidad distinta sin autorización escrita de 
THIRSA. 
La cesión del contrato, reventa o comercialización del servicio requerirá autorización previa y escrita de THIRSA. 
15. Propiedad intelectual, archivos y metodología 
Salvo que la propuesta disponga expresamente otra cosa, THIRSA conserva la propiedad y los derechos de propiedad intelectual sobre los 
informes, imágenes, fotografías, cálculos, archivos de trabajo y demás documentación elaborada con motivo del encargo, así como sobre 
su metodología, modelos, bases de datos, plantillas, herramientas y know-how. Una vez satisfechos los honorarios, el CLIENTE dispondrá 
de un derecho no exclusivo de utilización del informe para la finalidad contratada, sin perjuicio de los derechos que correspondan a 
terceros. 
THIRSA conservará el expediente y la documentación durante los plazos legales, regulatorios y de defensa de responsabilidades aplicables, 
pudiendo eliminar o anonimizar la documentación una vez transcurridos.
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C/ Jorge Juan 45 · 28001 Madrid 
 
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16. Utilización de inteligencia artificial y herramientas tecnológicas 
El CLIENTE queda informado y acepta que THIRSA podrá utilizar, cuando resulte adecuado, sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje 
automático, automatización y otras herramientas tecnológicas como apoyo auxiliar para tareas de búsqueda, extracción, clasificación, 
contraste, cálculo, análisis, control de calidad, traducción, redacción o revisión relacionadas con el encargo. 
Estas herramientas no sustituirán el juicio profesional ni adoptarán por sí solas la decisión final sobre el valor. El informe, sus hipótesis, 
metodología, conclusiones, control y firma quedarán sometidos a intervención y supervisión humana cualificada, y THIRSA mantendrá la 
responsabilidad profesional que legalmente le corresponda. 
THIRSA utilizará herramientas autorizadas y aplicará medidas razonables de seguridad, confidencialidad, minimización y control de acceso. 
THIRSA no permitirá que la información confidencial del encargo se utilice para entrenar modelos de uso general ajenos a THIRSA. 
El uso de estas herramientas no modifica el alcance, finalidad, normativa, deber de secreto, independencia ni estándares de calidad del 
servicio. La utilización de estas herramientas estará sujeta, en todo caso, a las prohibiciones o limitaciones que resulten de la normativa 
aplicable. Cualquier restricción adicional solicitada por el CLIENTE o por el destinatario del informe deberá ser comunicada a THIRSA con 
carácter previo a la aceptación del encargo y, cuando pueda afectar al alcance, metodología, plazos o condiciones de prestación del 
servicio, deberá ser expresamente aceptada por THIRSA. 
17. Confidencialidad y secreto profesional 
THIRSA tratará como confidencial la información recibida y guardará el secreto profesional exigible. Podrá comunicarla a su personal, 
tasadores, colaboradores, proveedores sujetos a confidencialidad y entidades que intervengan legítimamente en el encargo, en la medida 
necesaria para prestar el servicio, así como cuando exista obligación legal, regulatoria, judicial o de supervisión. 
El CLIENTE se compromete a no divulgar información técnica, metodológica o comercial confidencial de THIRSA, salvo para la finalidad 
contratada o por obligación legal. 
18. Responsabilidad 
THIRSA responderá de los daños directos que sean consecuencia inmediata, acreditada y jurídicamente imputable de un incumplimiento 
contractual o profesional, con el alcance previsto en la normativa aplicable. No responderá de decisiones adoptadas fuera de la finalidad, 
fecha, hipótesis o alcance del informe, ni de daños causados por información falsa, incompleta o sobrevenida que no le sea imputable. 
En la máxima medida permitida por la ley, quedan excluidos el lucro cesante, pérdida de oportunidad, pérdida de beneficios, daños 
reputacionales y cualesquiera daños indirectos o consecuenciales. Ninguna estipulación excluye o limita responsabilidades que 
legalmente no puedan excluirse o limitarse, incluidas las derivadas de dolo, ni perjudica los derechos imperativos de consumidores y 
usuarios. 
THIRSA no asume deber de cuidado frente a terceros distintos de los destinatarios legitimados para la finalidad del informe. Cualquier 
ampliación de destinatarios o reliance deberá acordarse previamente por escrito y podrá conllevar honorarios adicionales y condiciones 
específicas. Los servicios se prestan al SOLICITANTE en su condición de destinatario o usuario final de los mismos, siendo la 
responsabilidad de THIRSA únicamente frente al solicitante. 
Sin perjuicio de lo anterior, cuando sea legalmente admisible, la responsabilidad de THIRSA derivada del encargo quedará limitada a dos 
veces los honorarios netos efectivamente percibidos por el encargo. 
19. Protección de datos personales 
El responsable del tratamiento es TASACIONES HIPOTECARIAS RENTA, S.A., con domicilio en C/ Jorge Juan 45, 28001 Madrid y contacto 
thirsa@thirsa.com. Los datos se tratarán para gestionar la relación precontractual y contractual, prestar y facturar el servicio, realizar 
comunicaciones relacionadas, cumplir obligaciones legales y regulatorias, prevenir fraude, atender reclamaciones y defender derechos e 
intereses legítimos. 
Las bases jurídicas serán la ejecución del contrato o aplicación de medidas precontractuales, el cumplimiento de obligaciones legales y el 
interés legítimo, según corresponda. Los datos se conservarán durante la relación y los plazos legales, regulatorios y de prescripción 
aplicables. Podrán comunicarse a administraciones, autoridades, supervisores, registros, entidades financieras, profesionales, tasadores, 
proveedores y encargados cuando resulte necesario o exista habilitación legal. 
Los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad mediante escrito a la 
dirección anterior o al correo indicado, acreditando su identidad cuando sea necesario, y presentar reclamación ante la Agencia Española 
de Protección de Datos. La información adicional y vigente se encuentra en la política de privacidad de www.thirsa.com. 
El CLIENTE garantiza que los datos de terceros facilitados han sido obtenidos lícitamente y que ha cumplido los deberes de información 
que correspondan. Cuando THIRSA deba actuar como encargada del tratamiento por cuenta del CLIENTE, ambas partes formalizarán, si 
resulta exigible, el correspondiente acuerdo de encargo. 
20. Calidad, RICS y atención al cliente 
THIRSA cuenta con un sistema de gestión de calidad documentado conforme a los principios de la norma ISO 9001. 
THIRSA está regulada por RICS para la prestación de servicios de valoración y observa sus Reglas de Conducta y requisitos profesionales 
obligatorios cuando sean aplicables. El responsable designado por la empresa ante RICS es Paz Sastre, Directora del Departamento de 
Rústicas, RICS y Valoraciones Singulares (pazsastre@thirsa.com). Esta mención no amplía el alcance contractual ni desplaza la normativa 
española imperativa. 
Las quejas y reclamaciones podrán dirigirse al Servicio de Atención al Cliente de THIRSA, de conformidad con la Orden ECO/734/2004 y 
demás normativa aplicable, mediante el correo serviciodeatencionalcliente@thirsa.com o por los canales publicados en www.thirsa.com.
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C/ Jorge Juan 45 · 28001 Madrid 
 
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21. Comunicaciones electrónicas 
Las partes aceptan como válidas las comunicaciones remitidas a las direcciones postales o electrónicas facilitadas. El CLIENTE deberá 
comunicar cualquier cambio. THIRSA podrá utilizar firma electrónica, plataformas de intercambio documental y copias digitales, con plena 
validez salvo exigencia legal de forma distinta. 
22. Fuerza mayor 
Ninguna parte responderá de retrasos o incumplimientos debidos a acontecimientos imprevisibles o inevitables fuera de su control 
razonable, incluidos fallos generales de comunicaciones, ciberincidentes externos, huelgas, emergencias sanitarias, desastres, 
restricciones administrativas o imposibilidad de acceso. La parte afectada lo comunicará y procurará mitigar sus efectos. 
23. Integridad, nulidad parcial y no renuncia 
La propuesta y estas condiciones constituyen el acuerdo sobre el encargo. Cualquier modificación requerirá constancia escrita. Si una 
cláusula fuera declarada nula o ineficaz, se aplicará en la máxima medida legalmente posible y el resto permanecerá vigente. La falta de 
ejercicio de un derecho no implica renuncia. 
24. Legislación aplicable y resolución de controversias 
El contrato se regirá por la legislación española. 
Cuando el CLIENTE actúe como empresario o profesional, toda controversia relativa a la existencia, validez, interpretación, ejecución o 
terminación del contrato se resolverá definitivamente mediante arbitraje de Derecho administrado por la Corte de Arbitraje de la Cámara 
Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, conforme a su reglamento vigente al presentarse la solicitud. Intervendrá un árbitro 
único, el idioma será el español y la sede Madrid, salvo acuerdo escrito distinto. 
Cuando el CLIENTE tenga la condición legal de consumidor o usuario, no se aplicará el convenio arbitral anterior si no resulta válido 
conforme a la normativa de consumo. Serán competentes los juzgados y tribunales determinados por las normas imperativas, sin perjuicio 
de los sistemas de resolución alternativa a los que las partes puedan someterse válidamente después de surgir la controversia.

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